Informe de Evaluación del Edificio Cantabria

Preguntas frecuentes sobre el Informe de Evaluación del Edificio

3-.¿Cómo se acredita la antigüedad del edificio de cara al Informe de Evaluación del Edificio?

La antigüedad de los inmuebles obligados a la realización del Informe de Evaluación se acreditará con la fecha que obre de los siguientes documentos o al menos uno de ellos, en orden de prelación que se indica a continuación:

  • Certificado Final de Obra.
  • Licencia de Primera Ocupación.
  • Escrituras acreditativas del final de la obra.
  • Certificado Catastral.
  • En defecto de las anteriores y de cualquier medio de prueba admisible en derecho, por estimación técnica en función de su tipología y características constructivas.

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